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GefStoffV ? TRGS ? REACH ? GHS / Muchas novedades en las normativas para sustancias peligrosas

de Dr. Klaus Fröhlich

Aunque la normativa sobre sustancias peligrosas tiene apenas tres años de antigüedad, ya ha sido modificada en varias ocasiones. No basta con estar informado una sola vez, sino que hay que esforzarse activamente para mantenerse al día.

En la normativa sobre sustancias peligrosas, que entró en vigor el 1 de enero de 2005, las Normas Técnicas para Sustancias Peligrosas (TRGS), utilizadas para la implementación de la normativa, han adquirido un nuevo significado legal, por lo que todas las reglas deben ser revisadas. Actualmente, aproximadamente la mitad de las TRGS anteriores han sido adaptadas, por lo que todavía hay una serie de informaciones que vale la pena destacar para casi todos. Los últimos cambios son de especial importancia para las pequeñas y medianas empresas, que esperaron mucho tiempo por ello: la TRGS 400 (evaluación de riesgos), la TRGS 500 (medidas de protección), que anteriormente también se conocía como "estándares mínimos", la TRGS 555 (instrucciones de trabajo y formación) o, para laboratorios, la TRGS 526 (laboratorios), también conocida como "Directriz de laboratorio". Todos estos reglamentos comparten que cada usuario puede asumir que ha tomado todo lo correcto y suficiente para proteger la salud, si cumple con las condiciones y medidas de protección descritas en la TRGS (presunción).

El conocimiento y cumplimiento de las reglas ahorra mucho dinero, tiempo y nervios. Así, en la TRGS 526 se explica cómo —bajo condiciones claramente establecidas— las directrices de la normativa sobre sustancias peligrosas pueden implementarse en el laboratorio de manera más sencilla que en una empresa de producción, sin menoscabar el objetivo de protección de la salud de los empleados.

La última y próxima modificación de la normativa sobre sustancias peligrosas nos la impone la UE o la ONU

1. El Reglamento REACH: REACH significa Registro, Evaluación, Autorización (y Restricción) de Sustancias Químicas, es decir, registro, evaluación, autorización (y restricción) de productos químicos:

· A partir del 1 de enero de 2009, solo podrán fabricarse o comercializarse las sustancias peligrosas que hayan sido registradas previamente. Estas sustancias registradas solo podrán usarse para las actividades que también hayan sido registradas y autorizadas. Considerando que de aproximadamente 16.000 sustancias peligrosas utilizadas en Alemania, solo hay datos disponibles para unos 3.000 compuestos, es evidente que cumplir con este plazo será muy difícil.

· Entre el 1 de junio y el 30 de noviembre de 2008, las sustancias peligrosas y las actividades planificadas con ellas podrán ser pre-registradas. Para ello, se presentarán significativamente menos datos que para el registro completo y definitivo, para el cual existen períodos transitorios de entre 3,5 y 11 años. La ventaja del pre-registro: las sustancias podrán seguir fabricándose, importándose o utilizándose sin interrupciones después del 1 de enero de 2009.

Las sustancias o usos que no hayan sido pre-registrados antes del 1 de diciembre de 2008 solo podrán fabricarse, importarse o usarse después del 1 de enero de 2009 mediante un proceso de registro completo mucho más laborioso.

Atención: Los períodos transitorios mencionados en REACH solo aplican a las sustancias pre-registradas y a las actividades pre-registradas.

· Los nuevos datos que REACH requiere recopilar serán de gran utilidad para empleadores y empleados en la evaluación de cuestiones de salud, también en el marco de la evaluación de riesgos.

· Debido a que los requisitos para la hoja de datos de seguridad están regulados por REACH, en la normativa sobre sustancias peligrosas se modificó el § 6 (hoja de datos de seguridad) y, en consecuencia, se retiró la TRGS 220, que implementaba el § 6 de la GefStoffV. Actualmente, está disponible en forma actualizada como Anuncio 220, pero ya no tiene efecto presuncional.

2. El Reglamento GHS: GHS significa Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos, un sistema armonizado mundialmente para la clasificación y etiquetado de sustancias químicas. La normativa fue consultada y aprobada por la ONU a principios de los años 90. El objetivo es unificar y eliminar las diferentes criterios de clasificación y etiquetado que aún existen, tanto a nivel nacional —entre actividades de manejo y transporte— como internacional, y que actualmente requieren frecuentes cambios de etiquetas, incluso en diferentes medios de transporte (carretera o aire). La implementación de los nuevos criterios de clasificación acordados internacionalmente hará que en Alemania la cantidad de sustancias tóxicas se duplique casi, ya que en todo el mundo se emplean criterios más estrictos que los utilizados hasta ahora en Alemania. Esto podría afectar las autorizaciones existentes o hacer necesarias nuevas en el futuro. GHS ya ha sido adoptado en muchos países y debería haberse anunciado en la UE el año pasado.

REACH y GHS son regulaciones que no requieren implementaciones nacionales. Son aprobadas por el Parlamento Europeo y no pueden ser modificadas a nivel nacional.

Mientras que el reglamento REACH tiene cerca de 300 páginas, en GHS, solo el Anexo 1, que describe los conceptos de límites y establece los valores límite, tiene más de 160 páginas, y la lista de valores límite ya establecidos supera las 900 páginas. ¡Es casi imposible de estudiar por uno mismo! Aquí siempre es recomendable consultar resúmenes o guías de acción elaboradas por expertos.


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